Recientemente ha comenzado en Madrid el plazo para solicitar las ayudas municipales para obras de rehabilitación de edificios residenciales destinadas a actuaciones de accesibilidad, conservación y mejoraras en la eficiencia energética, pertenecientes al Plan MAD-RE 2016.
El plazo de solicitud de estas ayudas ya ha comenzado y va a estar en vigor hasta el 30 de noviembre de 2016. Con este artículo pretendemos informaros de cómo funcionan los trámites para solicitar estas subvenciones…
Plan MAD-RE: qué obras se pueden acoger a estas ayudas
Mejoras en la accesibilidad
Se considerarán actuaciones subvencionables para la mejora de la accesibilidad las siguientes:
Obras de conservación
Se considerarán actuaciones subvencionables para la conservación, las actuaciones y trabajos que se acometan para subsanar las deficiencias especificadas en la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones del ayuntamiento de Madrid:
Obras de mejora de la eficiencia energética
Con estas actuaciones deberá conseguirse un salto de al menos una letra respecto de la calificación energética inicial del edificio, o bien una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, referida a la certificación energética, de al
menos un 30% sobre la situación previa a dichas actuaciones.
Requisitos de los edificios y de las actuaciones a realizar
Si se está interesado en realizar alguna de las obras mencionadas en el punto anterior hay que comprobar si nuestro edificio y las actuaciones pueden acogerse a las subvenciones del Plan MAD-RE.
Condiciones de las edificaciones
a.- Estar ubicados en los ámbitos geográficos descritos en el art. 7 de la convocatoria, las APIRUs y las ARRUs. Para comprobar si nuestro edificio se encuentra dentro de alguno de estos ámbitos geográficos se puede consultar el siguiente enlace: leer más…
– Importante: las actuaciones destinadas a mejoras en la accesibilidad de los edificios están subvencionadas en todo el término municipal de Madrid y no sólo en las áreas de rehabilitación preferente!
b.- Los propietarios de los edificios deberán de disponer del Informe de Evaluación del Edificio IEE. En nuestra página encontraréis más información sobre el Informe IEE…
c.- Contar con un mínimo del 70% de su superficie construida sobre rasante destinada al uso residencial vivienda.
d.- Tener una antigüedad mínima de 25 años.
Condiciones de las actuaciones a realizar
a.- Alcanzar un presupuesto protegible mínimo de 30.000 € para los edificios de uso residencial vivienda colectivo en el caso general y de 20.000 € si sólo se realizan actuaciones de mejora de la accesibilidad.
En el caso de edificios de uso residencial vivienda unifamiliar, se establece un presupuesto protegible mínimo de 10.000 €.
b.- Para obras aún sin empezar se deberá de contar con solicitud de licencia o autorización administrativa cuando fuera necesario, de fecha no anterior al 1 de septiembre de 2015, en el plazo de presentación de solicitudes.
c.- Para obras ya iniciadas o terminadas se deberá contar con la preceptiva autorización administrativa, bien sea orden de ejecución o licencia urbanística, de fecha no anterior al 1 de septiembre de 2015, así como haber liquidado las correspondientes tasas e impuestos por la totalidad del presupuesto correspondiente a la actuación objeto de subvención. Todo ello en el plazo de presentación de solicitudes.
Qué gastos entran dentro de la subvención y sus cuantías…
A efectos de la tramitación de las subvenciones de esta convocatoria, se considerarán como presupuesto protegible la suma de los siguientes gastos subvencionables:
Coste real de las actuaciones considerando lo siguiente…
– El presupuesto total de la realización de las obras e instalaciones, en su caso.
– El coste de las instalaciones auxiliares tales como andamios, castilletes, plataformas, etc
– La inversión efectuada en equipos para la mejora de la accesibilidad y de la eficiencia energética.
– Otros gastos que pudieran ocasionarse con motivo de las obras, tales como catas, excavaciones arqueológicas, informes técnicos visados, certificados, peritaciones, etc
El coste de honorarios técnicos, integrados por…
– Certificado de Eficiencia Energética, Inspección Técnica de Edificios e Informe de Evaluación del Edificio.
– La redacción de los proyectos técnicos y estudios de seguridad y salud,
– La Dirección Facultativa de las obras y la Coordinación de Seguridad y Salud.
Los costes indirectos de la ejecución de la actuación subvencionable en los que se incluyen…
– Las tasas correspondientes a licencia u orden de ejecución, ocupación de vía pública por andamios y contenedores, y el Impuesto de Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO), los gastos de visado, gastos financieros, asesoría jurídica, etc.
Información completa sobre la tramitación de esta subvención
Las bases de la convocatoria de la subvención y toda la información adicional se puede encontrar en la web del ayuntamiento en el siguiente enlace: no disponible (ver actualización del 7 de agosto de 2020)
Si necesitáis tramitar las ayudas del Plan MAD-RE o realizar el Informe de Evaluación del Edificio IEE podéis escribirnos a través de nuestro formulario de contacto…
Como siempre recordaros que estamos a vuestra disposición a través del formulario de contacto, el correo rt@rtarquitectura.com y en nuestras páginas de facebook, twitter e instagram, donde cada día enlazamos información sobre la ITE, el mantenimiento y la rehabilitación de edificios… os esperamos!
Cambios en el contenido
— Julio 2017: acabamos de publicar en el blog el resumen de la nueva convocatoria de ayudas del Plan MAD-RE 2017…
— Agosto 2020: eliminamos los enlaces del Plan MAD-RE que ya no están disponibles en la página oficial.
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