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Recientemente ha comenzado en Madrid el plazo para solicitar las ayudas municipales para obras de rehabilitación de edificios residenciales destinadas a actuaciones de accesibilidad, conservación y mejoraras en la eficiencia energética, pertenecientes al Plan MAD-RE 2016.

El plazo de solicitud de estas ayudas ya ha comenzado y va a estar en vigor hasta el 30 de noviembre de 2016. Con este artículo pretendemos informaros de cómo funcionan los trámites para solicitar estas subvenciones…

Plan MAD-RE: qué obras se pueden acoger a estas ayudas

Plan MAD-RE.

Mejoras en la accesibilidad

Se considerarán actuaciones subvencionables para la mejora de la accesibilidad las siguientes:

  • La instalación de ascensores, incluyendo las obras que se justifiquen como indispensables para ello, tales como la demolición y nueva ejecución del núcleo de escaleras.
  • La instalación de otros dispositivos de mejora de la accesibilidad, así como la realización de otras medidas con el mismo fin.
  • La instalación de elementos que permitan la accesibilidad a las zonas comunes del edificio, tales como jardines o zonas deportivas y de recreo.

Obras de conservación

Se considerarán actuaciones subvencionables para la conservación, las actuaciones y trabajos que se acometan para subsanar las deficiencias especificadas en la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones del ayuntamiento de Madrid:

  • Las relativas al estado de conservación de los elementos integrantes de la estructura horizontal o vertical, y cimentación.
  • Las relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías u otros elementos comunes tales como cornisas, salientes, vuelos o elementos ornamentales.
  • Las relativas al buen funcionamiento de la red general de saneamiento, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.
  • Las relativas al buen funcionamiento de otras instalaciones tales como las comunes de fontanería, electricidad, gas, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.
  • Las relativas a mantener en correcto uso los elementos existentes de comunicación horizontal o vertical del edificio, siempre que no implique la nueva instalación o sustitución de dichos elementos.
  • Las de consolidación o seguridad estructural permanente.

Obras de mejora de la eficiencia energética

Con estas actuaciones deberá conseguirse un salto de al menos una letra respecto de la calificación energética inicial del edificio, o bien una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, referida a la certificación energética, de al
menos un 30% sobre la situación previa a dichas actuaciones.

  • Actuaciones de mejora de la envolvente térmica del edificio con el objetivo de reducir su demanda energética mediante la mejora de su aislamiento térmico, etc.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  • Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  • Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

Requisitos de los edificios y de las actuaciones a realizar

Si se está interesado en realizar alguna de las obras mencionadas en el punto anterior hay que comprobar si nuestro edificio y las actuaciones pueden acogerse a las subvenciones del Plan MAD-RE.

Condiciones de las edificaciones

a.- Estar ubicados en los ámbitos geográficos descritos en el art. 7 de la convocatoria, las APIRUs y las ARRUs. Para comprobar si nuestro edificio se encuentra dentro de alguno de estos ámbitos geográficos se puede consultar el siguiente enlace: leer más…

– Importante: las actuaciones destinadas a mejoras en la accesibilidad de los edificios están subvencionadas en todo el término municipal de Madrid y no sólo en las áreas de rehabilitación preferente!

b.- Los propietarios de los edificios deberán de disponer del Informe de Evaluación del Edificio IEE. En nuestra página encontraréis más información sobre el Informe IEE…

c.- Contar con un mínimo del 70% de su superficie construida sobre rasante destinada al uso residencial vivienda.

d.- Tener una antigüedad mínima de 25 años.

Condiciones de las actuaciones a realizar

a.- Alcanzar un presupuesto protegible mínimo de 30.000 € para los edificios de uso residencial vivienda colectivo en el caso general y de 20.000 € si sólo se realizan actuaciones de mejora de la accesibilidad.
En el caso de edificios de uso residencial vivienda unifamiliar, se establece un presupuesto protegible mínimo de 10.000 €.

b.- Para obras aún sin empezar se deberá de contar con solicitud de licencia o autorización administrativa cuando fuera necesario, de fecha no anterior al 1 de septiembre de 2015, en el plazo de presentación de solicitudes.

c.- Para obras ya iniciadas o terminadas se deberá contar con la preceptiva autorización administrativa, bien sea orden de ejecución o licencia urbanística, de fecha no anterior al 1 de septiembre de 2015, así como haber liquidado las correspondientes tasas e impuestos por la totalidad del presupuesto correspondiente a la actuación objeto de subvención. Todo ello en el plazo de presentación de solicitudes.

Qué gastos entran dentro de la subvención y sus cuantías…

A efectos de la tramitación de las subvenciones de esta convocatoria, se considerarán como presupuesto protegible la suma de los siguientes gastos subvencionables:

Coste real de las actuaciones considerando lo siguiente…

Coste obras.

– El presupuesto total de la realización de las obras e instalaciones, en su caso.
– El coste de las instalaciones auxiliares tales como andamios, castilletes, plataformas, etc
– La inversión efectuada en equipos para la mejora de la accesibilidad y de la eficiencia energética.
– Otros gastos que pudieran ocasionarse con motivo de las obras, tales como catas, excavaciones arqueológicas, informes técnicos visados, certificados, peritaciones, etc

El coste de honorarios técnicos, integrados por…

Coste honorarios.

– Certificado de Eficiencia Energética, Inspección Técnica de Edificios e Informe de Evaluación del Edificio.
– La redacción de los proyectos técnicos y estudios de seguridad y salud,
– La Dirección Facultativa de las obras y la Coordinación de Seguridad y Salud.

Los costes indirectos de la ejecución de la actuación subvencionable en los que se incluyen…

Costes indirectos.

– Las tasas correspondientes a licencia u orden de ejecución, ocupación de vía pública por andamios y contenedores, y el Impuesto de Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO), los gastos de visado, gastos financieros, asesoría jurídica, etc.

Información completa sobre la tramitación de esta subvención

Las bases de la convocatoria de la subvención y toda la información adicional se puede encontrar en la web del ayuntamiento en el siguiente enlace: no disponible (ver actualización del 7 de agosto de 2020)

Si necesitáis tramitar las ayudas del Plan MAD-RE o realizar el Informe de Evaluación del Edificio IEE podéis escribirnos a través de nuestro formulario de contacto…

Como siempre recordaros que estamos a vuestra disposición a través del formulario de contacto, el correo rt@rtarquitectura.com y en nuestras páginas de facebook, twitter e instagram, donde cada día enlazamos información sobre la ITE, el mantenimiento y la rehabilitación de edificios… os esperamos!

Cambios en el contenido

Julio 2017: acabamos de publicar en el blog el resumen de la nueva convocatoria de ayudas del Plan MAD-RE 2017…

Agosto 2020: eliminamos los enlaces del Plan MAD-RE que ya no están disponibles en la página oficial.

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